lunes, 20 de septiembre de 2010

Catedra empresarial y sus normas

Los procesos de globalización, los procesos de integración económica, así como la reciente incursión de Colombia en tratados de Libre Comercio, con implica como condición, es el contar con un aparato productivo y recurso humano con altos niveles de competitividad y altos márgenes de productividad.
Cada vez es más recurrente escuchar que la mano de obra del país y los profesionales que egresan de las diferentes instituciones y programas de educación superior del país, desean ser empresarios y convertirse en polos de desarrollo y crecimiento de su entorno familiar y económico. Una de las formas de lograrlo, es generan procesos productos, bienes y servicios, cada vez más innovadores, esta es quizá la clave para sobrevivir en el aparato productivo y económico dentro esquemas de internacionalización.
La promoción del espíritu empresarial en los jóvenes, es un trabajo que se debe iniciar en el núcleo de la familia y continuar fortaleciéndose durante todo el ciclo de educación formal: primaria, bachillerato y universitario, siendo este último el que impregne a los jóvenes desde el espacio académico y experimental, de una mentalidad emprendedora, creativa y empresarial, que supere la mentalidad que ha acompañado tradicionalmente a quienes forman y se forman para ser profesionales y trascender hacia una mentalidad y una educación que fomente en los jóvenes la creación, promoción y gestión de negocios y actividades que respondan a las necesidades personales, del país y del entorno, contribuyendo de esta manera a la superación de la pobreza, el desempleo y la problemática social que toca de manera fundamental a los jóvenes colombianos.
Las recientes negociación del Tratado de Libre Comercio y los próximos convenios de libre comercio próximos a suscribir por el país, conllevan a que el país en general y Bogotá en particular, se preparen para enfrentar éstos diversos retos, unido a circunstancias como: el pobre comportamiento en la evolución de los sectores productivos y de servicios, el crecimiento de la brecha entre la demanda ocupacional y la oferta la falta de oportunidades para los jóvenes y al elevado desempleo. Retos que obligan a incluir en una política de desarrollo, el objetivo de cerrar la brecha en educación, tecnología y empleo, no solo en cuanto a la calidad y pertinencia de la enseñanza, sino aún en lo relativo a nuevas modalidades dentro de ella, que permitan preparar y capacitar a los educandos en otras habilidades que le han de servir para un mejor futuro, autonomía e independencia económica, que permita responder a las necesidades descritas.
En ese proceso, se espera más de la educación, brindar a los jóvenes una educación más dinámica, que vayan más allá de la dependencia económica y laboral y generen sus propios ingresos. Para ello, hay que capacitarlos en nuevas habilidades, en nuevas competencias básicas del mundo de los negocios, la cual hoy en día no se imparte en los centros educativos.
De otro lado, los establecimientos educativos deben propender por ofrecer una respuesta adecuada desde el emprendimiento y la introducción de la cátedra empresarial a todos los cambios y tendencias del mundo en sus aspectos políticos, económicos y sociales. De otro lado, los intensos procesos de cambio en el mundo han generado transformaciones sustanciales en los paradigmas tradicionales de desarrollo, uno de ellos la creación de empresas, diseñada pensando en la competitividad de un país en proceso de transformación y con la urgente necesidad de restablecer el funcionamiento de su sistema económico. Máxime cuando se considera que son los empresarios los generadores de riqueza.
Pero para que esto sea viable es preciso conformar un entorno favorable que facilite la actividad de los nuevos empresarios y que estimule la creatividad y la iniciativa de quienes se decidan a serlo. Se trata entonces de desestimular la opción de empleo como la única viable en el actual entorno socio económico e infundir seguridad frente a la posibilidad de asumir riesgos calculados.
Es por ello, que como lo reconoce el Plan de Desarrollo Distrital vigente en su programa de Bogotá Productiva, la necesidad de fortalecer en los jóvenes de la ciudad las competencias adecuadas que respondan a un mundo globalizado y procurar entornos productivos en condiciones de igualdad, es así que se requiere promover la formación de empresarios y talento humano en la innovación, la creatividad y especialmente, en la nueva cultura del emprendimiento, en que se encuentra inmersa, parte del sector de la educación superior en el país en los últimos años.
Ante la brecha tan marcada en lo laboral, entre la formación y las necesidades del aparato productivo, no solo de la ciudad sino del país, existen marcadas diferencias entre las oportunidades educativas y laborales, inequidad que se refleje en el nivel de ingresos y la calidad de vida de las personas, generando exclusiones y discriminaciones a quienes no se encuentran preparados adecuadamente por la falta de programas educativos acorde con las nuevas realidades económicas.
Para superar la situación anterior, es imperativo modificar la educación en todos los niveles mediante la introducción en los Planes Educativos Institucionales . PEI, la cátedra empresarial tendiente precisamente a transmitir conocimiento, formar actitudes favorables en los alumnos sobre el emprendimiento, la innovación, la creatividad y por supuesto, desarrollar las competencias para generar empresa.
Finalmente, es sabido y comprobado por los países desarrollados, que las destrezas adquiridas y las credenciales acumuladas expanden las oportunidades futuras de las personas, aumentan su productividad y el mejoramiento de sus habilidades, su nivel de ingresos y la calidad de vida de él y su entorno familiar inmediato.
I. Marco Jurídico . Legal
1.1. Constitución Política de 1991
De la Constitución Política se pueden destacar los siguientes artículos, para efectos del proyecto de Acuerdo:
ARTICULO 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.
ARTICULO 45. El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.
ARTICULO 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar.
ARTICULO 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.
ARTICULO 313: Corresponde a los Concejos, según su numeral primero. "Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.
1.2. Leyes de la República
*LEY 1014 DE 2005 "De fomento a la cultura del emprendimiento"
Hace más de 16 meses, exactamente el 26 de marzo del año 2005, el Congreso de la República expidió la denominada ley de fomento de la cultura de emprendimiento, como aspectos más relevantes asociados a la creación de la cátedra empresarial se destacan los siguientes.
En primer lugar, recoge las siguientes definiciones a tener en cuenta en su artículo primero:
b) Emprendedor: Es una persona con capacidad de innovar; entendida esta como la capacidad de generar bienes y servicios de una forma creativa, metódica, ética, responsable y efectiva;
c) Emprendimiento: Una manera de pensar y actuar orientada hacia la creación de riqueza. Es una forma de pensar, razonar y actuar centrada en las oportunidades, planteada con visión global y llevada a acabo mediante un liderazgo equilibrado y la gestión de un riesgo calculado, su resultado es la creación de valor que beneficia a la empresa, la economía y la sociedad;
d) Empresarialidad: Despliegue de la capacidad creativa de la persona sobre la realidad que le rodea. Es la capacidad que posee todo ser humano para percibir e interrelacionarse con su entorno, mediando para ello las competencias empresariales;
e) Formación para el emprendimiento. La formación para el emprendimiento busca el desarrollo de la cultura del emprendimiento con acciones que buscan entre otros la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal y no formal y su articulación con el sector productivo;
La educación debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de crear su propia empresa, adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia, de igual manera debe actuar como emprendedor desde su puesto de trabajo.
Dentro de los objetivos previstos en el artículo segundo se tiene:
a) Promover el espíritu emprendedor en todos los estamentos educativos del país, en el cual se propenda y trabaje conjuntamente sobre los principios y valores que establece la Constitución y los establecidos en la presente ley;
e) Crear un vínculo del sistema educativo y sistema productivo nacional mediante la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y competencias empresariales a través de una cátedra transversal de emprendimiento; entendiéndose como tal, la acción formativa desarrollada en la totalidad de los programas de una institución educativa en los niveles de educación preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación básica secundaria, y la educación media, a fin de desarrollar la cultura de emprendimiento;
En el capitulo tercero sobre fomento de la cultura del emprendimiento, presenta en el artículo 12, como objetivos específicos de la formación para el emprendimiento, entre otros los siguientes:
c) Promover alternativas que permitan el acercamiento de las instituciones educativas al mundo productivo;
Y bien el artículo, en nuestro concepto para soportar legalmente la creación de la visión empresarial, es la columna vertebral sobre la que reposa el propósito principal del proyecto de Acuerdo, por cuanto el artículo 13 establece tal obligatoriedad:
Artículo 13. Enseñanza obligatoria. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación básica secundaria, y la educación media, cumplir con:
3. Diseñar y divulgar módulos específicos sobre temas empresariales denominados "Cátedra Empresarial" que constituyan un soporte fundamental de los programas educativos de la enseñanza preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación básica secundaria, y la educación media, con el fin de capacitar al estudiante en el desarrollo de capacidades emprendedoras para generar empresas con una visión clara de su entorno que le permita asumir retos y responsabilidades. (subrayado y resaltado nuestro, por fura del texto original).
4. Promover actividades como ferias empresariales, foros, seminarios, macrorruedas de negocios, concursos y demás actividades orientadas a la promoción de la cultura para el emprendimiento de acuerdo a los parámetros establecidos en esta ley y con el apoyo de las Asociaciones de Padres de Familia.
Parágrafo. Para cumplir con lo establecido en este artículo, las entidades educativas de educación básica primaria, básica secundaria y media vocacional acreditadas ante el Ministerio de Educación Nacional, deberán armonizar los Proyectos Educativos Institucionales (PEI) pertinentes de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 General de Educación.
*Ley 115 de 1994: Ley General de Educación
ARTÍCULO 1o.
ARTÍCULO 5o. FINES DE LA EDUCACIÓN.
3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación
9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país
11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social
1.3. Decretos- Ley
*Decreto . Ley 1421 de 1993
El Decreto . Ley 1421 de 1993 conocido como el Estatuto Orgánico de Bogotá", señala en su artículo 8 que corresponde al Concejo como suprema autoridad administrativa del Distrito, el vigilar y controlar la gestión de las autoridades distritales.
A su vez, el artículo 12, señala como competencias del Concejo entre otras, las siguientes:
1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a su cargo.
22. Evaluar los informes periódicos que deban rendir los funcionarios y servidores distritales.
1.4. Acuerdos Distritales
*El Acuerdo 119 de 2004, por el cuál se expidió el Plan de Desarrollo Económico, social y de obras públicas, 2004 -2008: Bogotá Sin Indiferencia: UN compromiso contra la pobreza y la exclusión social
El Eje Urbano . Regional del Plan de Desarrollo vigente contempla como objetivo generar las condiciones para que Bogotá sea integrada a su territorio y se a competitiva en su economía.
De otro lado, se destaca que una de las políticas del eje, es la política de competitividad y competitividad, mediante la cual se promuevan procesos colectivos que estimulen a personas productivas, a empresas de valor agregado e instituciones generadoras de confianza mediante el fortalecimiento del papel de coordinación del gobierno y el desarrollo de mercados.
Más puntualmente el programa "Bogotá productiva", busca precisamente generar las competencias adecuadas que respondan a un mundo globalizado y propiciar un entorno productivo en condiciones de igualdad de oportunidades, promoción del talento humano y la innovación.
II. Razones del Proyecto
Teniendo en cuenta que los estudiantes que se están formando actualmente sienten que sus conocimientos no están acordes con las necesidades y realidades actuales y que conviven con la incertidumbre de la falta de oportunidades en un futuro próximo; consecuencia de las fallas existentes en el sistema educativo actual, impidiendo que los alumnos se preparen para generar una verdadera vocación profesional, así como de brindar las herramientas para contar con mayores destrezas y habilidades, permitiendo explorar y explotar su creatividad e innovación, preparando para la vida real en el mundo productivo.
Desde este enfoque, se busca transmitir mediante la visión empresarial fomentar en el alumno un espíritu emprendedor que combine habilidad con talento, con conciencia y mentalidad empresarial. Para ello y de conformidad con lo expresado en la Ley 1014 de 2005, conocida de fomento de la cultura de emprendimiento, que en su artículo 13 obliga la creación de una cátedra empresarial en todos los establecimientos oficiales y privados de la educación formal en los diferentes niveles educativos, es decir introducir si se quiere el espíritu empresarial desde el inicio de la formación de los niños y niñas, en su educación preescolar, y mantenerla y fortalecerla en los demás niveles de la educación.
En el mediano y largo plazo, se tendrán mejores niveles de ingreso, mayores tasas de crecimiento de la economía local y nacional, así como el ostensible mejoramiento de la calidad de vida que conlleva un mejor ingreso y mejor bienestar. El mejoramiento de la educación podrá incluso a elevar las condiciones de productividad y competitividad, tal como se concibe en el plan de desarrollo. Es fundamental poder sembrar las bases de una Cultura para el emprendimiento como elemento primordial de todas nuestras estrategias de desarrollo económico y social, mediante la introducción en los PEI de la cátedra empresarial o similar, sin perder de vista que las instituciones educativas no deben circunscribir a la incorporación de una asignatura específica en los programas académicos sino también al impulso de actividades extra-académicas que respondan a los nuevos cambios del entorno socio-económico mundial.
Una educación pertinente y de calidad es un factor estratégico y prioritario para el desarrollo humano, social y económico, esta formación debe aportar al desarrollo pleno de los jóvenes como personas, ciudadanos y seres productivos. El sector educativo debe contribuir al mejoramiento de la capacidad de ser emprendedores, de conseguir un trabajo y de iniciativas para la generación de ingreso por cuenta propia.
Un beneficio adicional de la creación de la red distrital para el emprendimiento, sea aportar a largo plazo a una política de empleo para la ciudad, que le genere recursos y aportes crecimiento al Producto Interno Bruto del Distrito Capital, aunado a la enorme necesidad de la ciudad por dinamizar la economía bogotana, independizándola del acontecer en lo nacional; sí está claro que es un deber de la ciudad, en cabeza de la Administración Distrital y con el apoyo del sector privado, contar con una política de desarrollo económico que permita elevar las condiciones de productividad y competitividad, tal como se concibe en el plan de desarrollo. Es imperativo que la ciudad empiece a mirarse en un contexto regional, nacional e internacional, más sabiendo que el énfasis social de la presente administración ha devuelto la confianza de los inversores en la ciudad.
Algunas estrategias del último quinquenio del sector privado, tales como: la Ventanilla Única de Atención al Empresariado, para lo cual se expidió el Acuerdo No. 23 de 2001 y se firmó el Convenio 016 con la Cámara de Comercio de Bogotá, el programa de Simplificación de Trámites para el Sector Empresarial, a través del cual se integrará el sector informal al desarrollo formal de actividades mercantiles, facilitar la creación de nuevas empresas, mejorar el acceso de empresarios a la información requerida, minimizar trámites y conformar centros de atención empresarial, constituyen un buen punto de partida para que la red entre a aportar y jalone la economía local de la ciudad.
A lo anterior, se le suma la existencia de un Plan Estratégico Exportador de Bogotá y Cundinamarca, el cual ya empezó a ser ejecutado, con los objetivos de elevar la productividad de la región, crear redes de productores ejemplares, elevar las exportaciones y exportar servicios. Por otra parte, la Mesa de Planificación Regional Bogotá - Cundinamarca viene trabajando desde el 2001 en una propuesta de regionalización con el objeto de promover el desarrollo económico del territorio, con la participación del Distrito Capital, Cundinamarca y la CAR y con el apoyo del Centro de las Naciones Unidas para el Desarrollo Regional.
Según las encuestas de hogares que realiza el DANE, un porcentaje mayor al 38% de la población de jóvenes colombiana se encuentra en situación de pobreza o de miseria; el fenómeno del desempleo en el país afecta especialmente a la población joven. A nivel nacional, se estima que en promedio 300.000 jóvenes bachilleres al año estuvieron presionando el mercado laboral en busca de empleo, sin encontrar empresas que los contrate por la falta de capacitación técnica y experiencia laboral.
En el campo internacional, y según un estudio reciente del BID, denominado "El BID y la promoción de la empresarialidad: lecciones aprendidas y recomendaciones para nuevos programas" evidenciaron la importancia de la empresarialidad1, la cual contribuye al crecimiento económico, al aumento de la productividad, al rejuvenecimiento de los tejidos socio-productivos, a la innovación y a la generación de nuevos puestos de trabajo.
El estudio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) "Tendencias del empleo mundial para los jóvenes 2004" reveló que los jóvenes representan 25 por ciento de la población en edad laboral (de 15 a 64 años), pero representan 47 por ciento del total de los 186 millones de desempleados en todo el mundo en 2003.
Una educación pertinente y de calidad es un factor estratégico y prioritario para el desarrollo humano, social y económico, esta formación debe aportar al desarrollo pleno de los jóvenes como personas, ciudadanos y seres productivos. El sector educativo debe contribuir al mejoramiento de la capacidad de ser emprendedores, de conseguir un trabajo y de iniciativas para la generación de ingreso por cuenta propia. Las políticas dirigidas a promover la cultura del emprendimiento están cobrando cada vez más importancia a escala internacional. Esta tendencia también se verifica en América Latina, aunque en esta región todavía no se ha acumulado suficiente experiencia en este campo. La historia de la transformación y el desarrollo social de Irlanda, Singapur o Israel, no es sólo la de la consolidación de un Estado maduro y confiable, es sobre todo la historia de cómo se construye sociedad civil y capital social, donde se gesten miles de empresas productoras de empleo y bienestar.
III. Alcances
La introducción de la visión empresarial en el plan de estudios y en los PEI de las instituciones educativas, públicas y privadas de todos los niveles de educación de la ciudad, conlleva necesariamente a acercamiento del sector educativo con los sectores económicos y productivos de la ciudad.
Los principales aspectos tratados en el proyecto de Acuerdo, están relacionados con:
*Creación de la Visión Empresarial en todas las instituciones educativas públicas y privadas que ofrecen educación formal en los niveles de la educación preescolar, educación básica, educación primaria, educación básica secundaria, y la educación media de la ciudad de Bogotá, D.C.
*El objetivo general de la Cátedra Empresarial, será educar a los estudiantes de las instituciones públicas y privadas de carácter formal, transmitir conocimiento, formar actitud favorable al emprendimiento, la innovación y la creatividad y desarrollar competencias para generar empresas.
*En consecuencia, todas las instituciones educativas mencionadas anteriormente, deben armonizar los proyectos educativos institucionales (PEI) pertinentes de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 de 1994.
*La Secretaría de Educación de Bogotá debe articular con las instituciones educativas, todos los planes de estudio, proyectos pedagógicos, propuestas, actividades y metodologías relacionadas con la Cátedra Empresarial.
*Asimismo la Secretaría de Educación debe promover la realización de alianzas, convenios y redes con instituciones educativas públicas y privadas, y todas aquellas entidades idóneas y afines que desarrollen investigaciones, estudios y reflexiones para la implementación de la Cátedra Empresarial.
Avanzar hacia una cultura más emprendedora y fortalecer al capital social debe contribuir al desarrollo de redes más densas y estables, beneficiando a los emprendedores y sus empresas.
Esta propuesta busca ser un elemento integrador y coordinador de los diferentes sujetos involucrados en los procesos de creación de empresas en Bogotá, tanto desde el punto de vista de cambio de mentalidad y de la difusión de una cultura emprendedora, como desde la perspectiva de apoyo específico a los nuevos emprendedores.
Como se desprende del análisis presentado, el Proyecto de Acuerdo no tiene implicaciones económicas para la Secretaría de Educación, ya que la adecuación de los PEI se realizará en estricta coordinación con las normas del nivel nacional y se adelantarán con recursos de funcionamiento.
En los anteriores términos se somete a consideración del Concejo de Bogotá, para su estudio y trámite, el texto del Proyecto de Acuerdo anexo.
Cordialmente,
GERMAN GARCÍA ZACIPA
Concejal de Bogotá
CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ
Concejal de Bogotá
Anexo: Proyecto de Acuerdo en dos (2) folios
PROYECTO DE ACUERDO 327 DE 2006
"Por medio del cual se dictan normas tendientes a fomentar la visión empresarial en el Distrito Capital
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 313 de la Constitución Política, el Artículo 13 de la Ley 1014 de 2006 y el Decreto Ley 1421 de 1993, Artículo 12 numeral 1,
CONSIDERANDO
Que la constitución Política de 1991 y la Ley General de la Educación, señalan la educación como derecho fundamental y eje central para la competitividad.
Que el artículo 13 de la Ley 1014 de 2003, imprime que en todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación básica secundaria y la educación media, debe definirse un área específica de formación para el emprendimiento y la generación de empresas, la cual debe incorporarse al currículo y desarrollarse a través de todo el plan de estudios.
Que la Ley 115 de 1994, señala que corresponde a Las Secretarías de Educación departamentales o distritales asesorar a las instituciones educativas, para el diseño y desarrollo de los currículos institucionales.
Que es necesario implementar acciones que permitan gradualmente la incorporación de nuestros jóvenes al sistema productivo con una formación que inicia en la escuela y forje líderes para el sector productivo, como una forma de enfrentar el desempleo y la falta de oportunidades
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO
ARTICULO SEGUNDO
PARÁGRAFO
ARTICULO TERCERO
ARTICULO CUARTO
ARTICULO QUINTO
ARTÍCULO SEXTO
. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación y publicación.
: La administración distrital promoverá las redes empresariales a nivel local en coordinación con las Alcaldías locales.
. La Secretaría de Educación promoverá la suscripción de alianzas, convenios y redes con instituciones educativas públicas y privadas, y todas aquellas entidades idóneas y afines que desarrollen investigaciones, estudios y reflexiones para la implementación del módulo cátedra Empresarial.
. Las instituciones educativas de Bogotá, deberán armonizar los proyectos educativos institucionales (PEI) pertinentes de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 de 1994.
: Será responsabilidad de la Secretaría de Educación Distrital velar porque los organismos del gobierno escolar, consejos directivos, académicos, rectores y la comunidad educativa en general, implementen y desarrollen el Módulo "Cátedra Empresarial", y de igual forma suministrará los lineamientos básicos para tal fin.
. La Secretaría de Educación de Bogotá articulará con las instituciones educativas mencionadas en el artículo primero, todos los proyectos educativos institucionales, propuestas, actividades y metodologías relacionadas con el Módulo Cátedra Empresarial.
. Diséñese y Divúlguese módulos específicos sobre temas empresariales denominados "Cátedra Empresarial" que constituyan un soporte fundamental de los programas educativos de la enseñanza preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación básica secundaria, educación media, y educación no formal de la ciudad de Bogotá, D.C., con el fin de facultar al estudiante en el desarrollo de capacidades emprendedoras para generar empresas con una visión clara de su entorno que le permita asumir retos y responsabilidades.
De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:
La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.

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